17/02/2025 10:47 Escrito por: mavi |
Buenas. Tengo una duda con el permiso de fallecimiento. La trabajadora solicita disfrutar del permiso por fallecimiento no al día siguiente del fallecimiento es decir; trabaja en la empresa lunes, martes y miércoles y el familiar fallece jueves. Como los días inmediatamente posteriores al fallecimientos son sus días no laborables lo quiere posponer a laborales o pagado en nómina. En el convenio colectivo pone que tiene derecho a un permiso de 3 dias NATURALES por fallecimiento. Yo entiendo que este permiso se disfruta a partir del fallecimiento y no se pospone ni se abona en nómina. Graicas
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17/02/2025 11:28 Escrito por: MERSUGA |
Buenas, yo entiendo que si al ser 3 días naturales del fallecimiento si esos días no trabajo no se puede posponer, es un permiso para acudir al funeral etc. |
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